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ARGENTINA: Algunas demandas

Las descargas están penadas. Rige una ley que data de 1933 y se modificó en 1998 para incluir los aspectos digitales.

En Argentina, las descargas ilegales se encuentran castigadas por la ley de propiedad intelectual, que data de 1933. Sin embargo, ni en los tribunales se ha registrado ningún fallo resonante sobre la piratería en Internet ni en la sociedad se ha planteado un debate como el que ocurrió en España. Mientras tanto, los usuarios consumen fuera de la ley sin problemas, aunque algunos responsables de páginas web que ofrecen películas, canciones, libros o programas de televisión gratis están siendo demandados por los dueños de los derechos ante la justicia penal.

La ley de 1933 se creó para proteger las bellas artes, pero con el tiempo ha sido modificada para incorporar nuevos formatos para proteger. En 1998 se incluyeron los programas de software y las bases de datos. "Es una buena ley", opina el abogado Mauricio de Núñez, experto en la legislación.

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"Existen varias causas en trámite", explica De Núñez, que patrocina a editoriales que querellaron ante la justicia a responsables de sitios que permiten descargas ilegales de libros. Si un autor se siente afectado por una página web, debe recurrir a los tribunales, pues no existe en el ámbito del Gobierno un organismo regulador en la materia.

Algunos fallos judiciales obligaron a los usuarios que habían descargado música en forma ilegal a pagar multas de hasta 3.800 euros. Además, les quitaron el número de usuario IP.

En cambio, una sentencia de un tribunal de segunda instancia eximió de responsabilidad a un cybercafé que ofrecía en sus escaparates a los clientes el uso de los ordenadores de la cafetería para bajar música. También vendía discos compactos vírgenes para que los usuarios pudieran grabar lo que quisieran. "Bajá todo lo que quieras y llevátelo en un CD", decía un cartel. "Llevate tus bajadas", promocionaba otro. Pero el magistrado Gustavo Bruzzone determinó, en coincidencia con sus otros dos pares, que "la venta o facilitación de tecnología que permita realizar el fin (bajar música) nunca puede ser un delito en sí misma".

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