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El Supremo da la razón a Julio Alonso en el caso SGAE = ladrones

El empresario se hizo eco de una campaña en contra de la entidad de gestión hace más de ocho años

Julio Alonso en la sede de EL PAÍS.
Julio Alonso en la sede de EL PAÍS.ÁLVARO GARCÍA

El creador de la red blogs Weblogs SL y autor del blog Merodeando, Julio Alonso, escribió un post con un título “SGAE = ladrones” en abril de 2004. No se trataba de un título incendiario sin más, sino de un post en el que relataba la campaña que desde la entonces incipiente blogosfera se estaba fraguando en contra de la entidad que dirigía Teddy Bautista.

En julio de 2008 resultó condenado en primera instancia a pagar 9.000 euros y retirada de los comentarios insultantes por vulnerar el derecho al honor de la entidad. En mayo de 2011 la Audiencia provincial de Madrid ratificó la condena. Ahora, el Tribunal Supremo le ha dado la razón y anula la condena anterior al interpretar que debe primar la libertad de expresión.

Alonso, en su blog personal, explicó cómo al repetirse en diferentes páginas web un enlace apuntando a la página web de la SGAE en la palabra “ladrones” se había conseguido que al teclear en Google “ladrones” el primer resultado propuesto por el buscador fuese la web de la entidad. Esta técnica, que funciona por reiteración y que se utilizó durante años como forma de activismo en Internet era bien conocida entonces. La SGAE no es la única dañada por esta técnica, sin embargo sí parece ser la que peor se lo ha tomado. En Reino Unido cuando se buscaba el término “liar” (mentiroso) aparecía la biografía de Tony Blair. En Estados Unidos, si se pedía “error miserable”, Google devolvía el perfil del entonces presidente George Bush.

En enero de 2007 el propio Google tomó cartas en el asunto y comenzó a intentar detectar este tipo de actos. Desde entonces es más que notable que Google no sólo funciona basándose en enlaces entrantes, sino también teniendo en cuenta el contexto semántico.

Alonso celebra el veredicto en su blog. En conversación telefónica añade que esta sentencia marca un precedente en la libertad de expresión en Internet: “Mi condena inicial se ha utilizado para meter miedo a otros internautas. A decirles ‘cuidado’ que mira lo que le ha pasado a este. Considero que se puede ser crítico y decir cosas que a alguien no le gusten sin temor”. En la sentencia se indica que aunque su artículo pueda resultar ofensivo hay que verlo en contexto, al tiempo que se considera que es de interés público lo publicado.

Al mismo tiempo, este caso abre un debate de interés, el de concretar hasta dónde llega la responsabilidad por los comentarios vertidos en páginas web. “De alguna manera se apela a la responsabilidad de los comentaristas y no tanto a los que ponemos el soporte”, añade.

Alonso cree que se le utilizó como ejemplo, pero tuvo suerte. “Si no era yo, habría sido otro. No todo el mundo puede guardarse un dinero para pagar el proceso y por si finalmente hay que pagar la multa. Espero que esto sirva para que sigamos ejerciendo nuestra libertad en la Red”, concluye.

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