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Para el buscador, el ciudadano ‘B.B.B.’ es gay

La función Autocompletar del buscador cosecha otra condena en Alemanai, tras las de España, Francia y Japón

El Tribunal Supremo de Alemania ha obligado a Google a eliminar de su buscador las sugerencias automáticas si estas combinaciones de términos lesionan los derechos de alguna persona. La sentencia es similar a las adoptadas anteriormente por tribunales de Francia y de Japón, y por una resolución de la Agencia española de Protección de Datos. En todos los casos, Google local responde que no es culpable de nada, que las reclamaciones deben hacerse a Google Estados Unidos, y que, en cualquier caso, su buscador es un motor que asocia palabras a su antojo.

El tribunal alemán ha revocado una sentencia previa del Audiencia Territorial de Colonia y da la razón al demandante, un empresario que denunció porque cuando se escribía su apellido en el buscador lo combinaba automáticamente con "cienciología" y "estafa".

El demandante consideraba que sus derechos quedaban lesionados por estas sugerencias, que el motor de búsqueda realiza automáticamente basándose en usos anteriores. Google se había negado a eliminar las sugerencias, pese a las peticiones del demandante.

No es el primer caso desde que en 2009 la empresa estadounidense integrara en su buscador la función de autocompletado automático, que es la que le está dando problemas cuando relaciona nombres de personas con actividades delictivas o, simplemente, incómodas.

El tribunal alemán va más allá que ninguno: exige a Google que, en el futuro, atienda individualmente las quejas de los ciudadanos sin necesidad de llegar a los tribunales y que, además, obre en consecuencia

Hace un mes, un tribunal japonés sentenció a Google por ligar el nombre de un ciudadano al de un grupo criminal cuando el buscador realiza el autocompletado. También en este caso el buscador se negó voluntariamente a retirar esta conexión, por lo que el ciudadano tuvo que acudir a los tribunales, que multaron a Google.

En 2010, también ganó su denuncia en Francia el Centro Privado de Francia de Educación a Distancia (CNFDI) a quien el motor le unía a "estafa".

El pasado año, un ciudadano español acudió a la Agencia española de Protección de Datos para pedir el socorro que Google no le había dado (le dijo que llamara a Estados Unidos). En su caso, su nombre -que la AEPD señala como B. B. B.-, era asociado automáticamente a la palabra "gay".

La AEPD estimó la queja del ciudadano, desmontando una por una la defensa de Google Spain que se escudaba en que el buscador estaba en Google Inc en Estados Unidos y que ellos nada tenían que ver. La AEPD le recuerda, de entrada, que la dirección del buscador es www.google.es y que el motor de búsqueda se dedica a rastrear en archivos y fondos documentales españoles. 

Respecto a las alegaciones de que la asociación de palabras la realiza automáticamente un motor, la AEPD también le desmonta el argumento: "Google señala en su propio sitio web que procede por propia iniciativa a la supresión de determinados términos de esa funcionalidad cuando considera que los mismos tienen “contenido pornográfico, violento o de incitación al odio”, creando así una especie de “lista negra” de términos que no se incorporan a la función de autocompletar. Pero además, en el mismo sitio web indica que podrán suprimirse otros términos que se utilizan para la búsqueda de contenido que infringe los derechos de propiedad intelectual. De este modo, nada obsta para que pueda incluirse en la lista de términos excluidos de la función de autocompletado la referencia al nombre y apellidos del interesado unida a la palabra “gay”.

Por todo ello, la AEPD pidió a Google que retire la asociación de palabras; pero el tribunal alemán ha ido más lejos que ningún otro. Exige a Google que, en el futuro, atienda individualmente las quejas de los ciudadanos sin necesidad de llegar a los tribunales y que, además, obre en consecuencia. Hasta ahora Google se ha negado a realizar cualquier cambio voluntariamente, sin fallo judicial de por medio.

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